[Lac] Carta Abierta a la OMPI
Marcelo D'Elia Branco
marcelo at debian-rs.org
Fri Mar 11 20:17:05 GMT 2005
Favor difundir y firmar
http://www.petitiononline.com/wipo/petition.html
Em castellano:
Manifiesto por la trasparencia, la participación, el equilibrio y
el acceso (Tradução: Enrique Chaparro)
Carta abierta a la Organización Mundial de la Propiedad Intelectual
(OMPI) de las Naciones Unidas
Dr. Kamil Idris
Director General
Organización Mundial de la Propiedad Intelectual - WIPO
Chemin des Colombettes 34
1211 Geneva Switzerland
Constructiva y respetuosamente instamos a la Organización Mundial de
la Propiedad Intelectual (OMPI) reformarse a sí misma, con los
siguientes criterios:
Un llamado a la reforma
Demandamos TRANSPARENCIA dentro de la OMPI y rechazamos cualquier tipo
de representación desproporcionada.
Además, solicitamos la inmediata PARTICIPACIÓN de la sociedad civil y
de las organizaciones no gubernamentales (ONG) de defensa del
consumidor en las activiades de la OMPI. Específica, pero no
exclusivamente, solicitamos que se acepten los pedidos de las
ONG para actuar como observadoras `ad hoc' para la próxima Reunión
Intergubernamental Intersesional (Inter-sessional Intergovernmental
Meeting - IIM) del 11 al 13 de abril de 2005, y para el Comité
Permanente de Cooperación para el Desarrollo Relacionado con la
Propiedad Intelectual, a realizarse entre el 14 y el 15 de abril de
2005, a fin de que se promueva una discusión EQUILIBRADA sobre la
Agenda de Desarrollo y sobre el sistema de propiedad intelectual
(PI) como un todo, observando un equilibrio entre los titulares
de derechos intelectuales y los ciudadanos,
Adicionalmente, instamos a la OMPI, como agencia especializada de las
Naciones Unidas responsable por promover las actividades intelectuales
creativas y facilitar la transferencia de tecnologías vinculadas a la
propiedad industrial hacia los países en desarrollo para acelerar su
desarrollo económico, social y cultural, a que cumpla su papel de
hacer viable para la Humanidad el ACCESO al conocimiento, teniendo en
cuenta las diferentes necesidades (incluyendo, por ejemplo, aquellas
de las personas con dificultades visuales o auditivas) y los distintos
niveles de desarrollo.
Antecedentes, Normas y Principios
Agenda de Desarrollo de la OMPI
Es evidente la falta de equilibrio entre los representantes de los
titulares de derechos, y los intereses públicos y de la sociedad
civil.
En tal contexto, se ha propuesto una Agenda de Desarrollo para la
OMPI en la Asamblea General de septiembre/octubre de 2004. Esta
propuesta ha sido avalada por catorce Estados miembros (a octubre
de 2004)[1].
Las observaciones y cuestiones centrales planteadas, que se indican
en el Anexo, han despertado amplias expresiones de apoyo de grupos
de defensa de los derechos de los consumidores y organizaciones
dedicadas a los intereses de la sociedad civil.
La Agenda de Desarrollo fue asimismo bien recibida en la Asamblea
General de la OMPI, que resolvió que fuese analizada en las Reuniones
Intergubernamentales intersesionales, y que se preparase un informe
para el 30 de julio de 2005, a fin de ser considerado en la Asamblea
General de la OMPI de septiembre de 2005.
El rol de la OMPI como Agencia Especializada de las Naciones Unidas
De acuerdo con la Carta de las Naciones Unidas, esta Organización
promoverá condiciones de progreso económico y social, el desarrollo,
la solución de problemas internacionales económicos, sociales,
de salud y relacionados; y la cooperación internacional en cultura
y educación (Artículo 55).
Las Naciones Unidas reconocen a la OMPI como una de sus Agencias
Especializadas (Acuerdo entre las Naciones Unidas y la OMPI,
Artículo 1).
La OMPI es responsable de promovier la actividad intelectual
creativa y de facilitar la transferencia de tecnología relacionada
con la propiedad industrial a los países en desarrollo para
acelerar el desarrollo económico, social y cultural (Acuerdo
entre las Naciones Unidas y la OMPI, Art. 1).
La OMPI está sujeta a las competencias y responsabilidades de las
Naciones Unidas y de sus órganos (Acuerdo entre las Naciones Unidas
y la OMPI, Art. 1).
Reuniones de la OMPI para Discusión de Cuestiones Relacionadas con
PI y Desarrollo
La Asamblea General anual de la OMPI debe aprobar cualquier solicitud
para la condición de observador permanente.
Las organizaciones no gubernamentales y las organizaciones
inter-gubernamentales pueden además participar como observadores `ad
hoc' en las reuniones de la OMPI, y este ha sido el caso hasta el
presente.
La reciente política de la OMPI respecto de no aceptar ONGs como
observadoras `ad hoc' en el proceso de la Reuón Intergubernamental
Intersesional, y en el Comité Permanente sobre Cooperación para el
Desarrollo Relacionado con la Propiedad Intelectual, que tendrán
lugar los próximos 11-13 y 14-15 de abril de 2005, es manifiestamente
injusta e injustificable. Esta decisión impide la participación de
todas las organizaciones a las que no se hubiera otorgado
previamente la condición de observador permanente.
Dado que la Reunión Intergubernamental Intersesional fue anunciada
LUEGO de la última sesión plenaria, la decisión implica la
imposibilidad de que cualquier organización cuyos intereses se
relacionen sólo con la Agende de Desarrollo participe de este
estratégico encuentro inaugural. Es imposible, desde el punto de
vista del procedimiento, que una ONG con interés en la Agenda de
Desarrollo pudiera haber recibido su acreditación como observador
permanente cvon tiempo suficiente para asistir a esta reunión.
De hecho, esta deción contradice el ítem 7 del Anexo de la Agenda
de Desarrollo, que especifica que la OMPI debe tomar medidas
apropiadas para asegurar la amplia participación de la sociedad
civil en las actividades de la organización.
Este cambio de política, prohibiendo la presencia de observadores
`ad hoc', es una evidente manipulación de los procediminentos de la
OMPI que sólo puede acarrear un resultado: cercenar la participación
de ONGs representativas de la sociedad civil cuyas propuestas
originales estimularon la creación de la Agenda de Desarrollo.
Puesto que estas reuniones tienen como propósito examinar las
propuestas contenidas en la Agenda, se verían enormemente beneficiadas
con la participación de dichas ONGs.
Reciente Reunión de la OMPI sobre Armonización de Leyes de Patentes
Los días 15 y 16 de febrero de 2005 la OMPI organizó una reunión
informal en Casablanca, Marruecos, para discutir la armonización de
las leyes de patentes alrededor del mundo. Sólo Brasil, entre los
estados miembros que co-patrocinaron la Agenda de Desarrollo, fue
invitado a participar en esta reunión.
En ese encuentro se invitó a la India, tradicional aliada de Brasil
en cuestiones de `propiedad intelectual', a ejercer la presidencia.
Al ejercer dicho cargo, la posición de la India fue efectivamente
neutralizada, pues no está permitido que el estado que preside o
modera "interfiera" en las disusiones. Esta maniobra tuvo como
efecto aislar al Brasil, y hacer aparecer su posición como
obstruccionista ante los observadores externos.
La naturaleza de los otros invitados a la reunión reforzó esta
situación.. El resto de los asistentes fueron escogidos de entre las
administraciones nacionales de patentes, las organizaciones
industriales de titulares de derechos, y otros estados que
permanecieron pasivos en los debates sobre la Agenda de Desarrollo
en la OMPI o que ya se hallan comprometidos con regímenes de
patentes "TRIPS-plus" (que extienden la patentabilidad a áreas
históricamente no patentables) como parte de sus acuerdos
comerciales bilaterales o regionales. Esto contribuyó a desequilibrar
aún más el debate, y aislar más al Brasil, único proponente de
regímenes de patentes más limitados.
Seminario Internacional Conjunto sobre PI y desarrollo con la
OMC y la UNCTAD
Hace doce días[2], la noticia del seminario internacional abierto
sobre PI y Desarrollo desapareció del sitio web de la OMPI. Este
encuentro es una iniciativa conujnta con la OMC, la OMS, ONUDI y
UNCTAD, tal como se proponía en la Agenda de Desarrollo. La
abrupta retirada de este anuncio habla negativamente de la
transparencia y del compromiso de la OMPI en favor de la participación
amplia en sus deliberaciones. La resolución de la Asamblea General
de la OMPI del 4 de octubre de 2004 prevé expresamente que este
seminario debe estar abierto a la participación de todos los
interesados, incluyenodo ONGs, sociedad civil y académicos.
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[1] Argentina, Bolívia, Brasil, Cuba, República Dominicana, Egipto,
Ecuador, Irán, Kenya, Peru, Sierra Leona, Sudáfrica, Tanzania y
Venezuela.
[2] Desde el 25 de febrero de 2005 hasta hoy, 9 de marzo.
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Anexo
Principales observaciones y cuestiones en la Agenda de Desarrollo
i) El desarrollo sigue siendo un desafío, y una signficativa
``brecha del conocimiento'', así como una ``brecha digital'',
coninúan separando a las naciones ricas de las pobres;
ii) La protección de la `propiedad intelectual' no es un fin en sí
mismo; por el contarios, dichos derechos son instrumentos tácticos
utilizados para salvar las brechas digital y del conocimiento;
iii) Del mismo modo, los esfuerzos para armonizar los derechos de
PI deben supeditarse a las diferentes necesesidades de desarrollo de
los estados miembros, dando a dichas naciones la posibilidad de
emplear las felxibilidades que precisen para servir a sus intereses
nacionales;
iv) La protección de los derechos de PI nunca debe realizarse a
expensas del legítimo interés público, y el costo de los regímenes
de PI debe medirse contra su beneficio público;
v) La Declaración de Doha de la OMC sobre el Acuerdo ADPIC y la Salud
Pública es un hito importante, pues reconoce al ADPIC como un
instrumento para apoyar los objetivos de salud pública de los
estados miembros, y no como un instrumento al solo propósito de
expandir los derechos de PI;
vi) Siendo una agencia de la ONU, la OMPI cumplir con las metas de
desarrollo de la ONU, y guiarse por ellas;
vii) A pesar de que la OMPI esta ya obligada a tomar en cuenta el
sistema de la ONU, debe modificarse el Convenio de la OMPI (1967)
para asegurar inequívocamente la consideración de la dimensión del
desarrollo;
viii) Los tratados de la OMPI extienden genéricamente las obligaciones
del Acuerdo ADPIC de la OMC, lo que aumenta indebidamente la carga
sobre los países menos desarrollados y en desarrollo, razón por la
cual los instrumentos de la OMPI no deben expandirse más allá de las
obligaciones previstas en el ADPIC;
ix) El Acuerdo ADPIC de la OMC incluye dos artículos (7 y 8) que
indican los principios y objetivos para los instrumentos internacioales
sobre bienes del conocimiento. Dichos artículos acuden a tales
instrumentos para promover la innovación tecnológica, la transferencia
y la diseminación de la tecnología, para mutuo beneficio de productores
y usuarios de conocimiento tecnológico y de una forma que conduzca al
bienestar social y económico y al equilirio entre derechos y
obligaciones; adoptar las medias necesarias para proteger la salud
pública y la nutrición, y provover el interés público en sectores de
vital importancia para el desarrollo socioeconómico y tecnológico, y
para evitar que los titulares de derechos de PI abusen de dichos
derechos o se recurra a prácticas que restrinjan irrazonablemente
el comercio o afecten negativamente la transferencia internacional
de tecnología. El lenguaje de estas cláusulas debe aparacer en todos
los futuros instrumentos de la OMPI;
x) La imposición de umbrales más altos de protección de la PI ha
fracasado en promover la transferencia de tecnología a través de
la inversión externa directa y el licenciamiento;
xi) Adicionalmente a la inclusión de previsiones claras sobre
transferencia de tecnología en los tratados que están siendo
negociados en la OMPI, debe establecerse un nuevo cuerpo subsidiario
de la OMPI (el Comité Permanente sobre PI y Transferencia de
Tecnología) con el fin de asegurar una efectiva transferencia de
tecnología a los países en desarrollo, incluyendo la creación de
un régimen internacional que promueva el acceso de los países en
desarrollo a los resultados de las investigaciones realizadas con
fondos públicos en los países desarrollados;
xii) Creación de un Tratado sobre el Acceso al Conocimiento y a la
Tecnología;
xiii) Del mismo modo, es importante tener en mente la relevancia de
los modelos de acceso abierto y de conocimiento compartido para
promover la innovación y la creatividad, como el software libre y
de código abierto (FOSS), así como salvaguardar las excepciones y
limitaciones existentes en las leyes nacionales;
xiv) En lo relativo a la exigencia de cumplimiento, no sólo deben
considerarse los derechos de los titulares, sino también sus
obligaciones, de modo que dichos titulares sigan procedimientos
justos y equitativos, sin restringir la legítima competencia o
abusar de sus derechos (los artículos 8 y 40 del Acuerdo ADPIC
deben ser traídos al marco de la OMPI);
xv) La OMPI, como agencia especializada de la ONU, debe expandir
considerablemente programas de cooperación técnica en aspectos
relacionados con la PI y mejorarlos cualitativamente, tomando en
cuenta los requerimientos para las actividades operativas de las
Naciones Unidas: neutralidad, imparcialidad y orientación a la
demanda.
xvi) Deberá servirse a todos los sectores de la sociedad, incluyendo
su participación en todas las actividades de establecimiento de
normas;
xvii) La OMPI, además de ser responsable de alentar la participación
activa de organizaciones no gubernamentales por el interés público, debe
tiomar medidas apropiadas para distinguir entre las organizaciones de
usuarios que representan los intereses de los titulares de derechos
de PI, y las ONGs que representan el interés público, de modo de
evitar confusiones y aumentar la transparencia;
xviii) La OMPI organizá, en conjunto con la OMC y la UNCTAD, un
seminario sobre PI y desarrollo, con la participación activa e
ilimitada de todos los actores relevantes, incluyendo ONGs por el
interés público, la sociedad civil y la academia;
xix) La OMPI podría establecer un Grupo de Trabajo sobre la Agenda
de Desarrollo para dicutir con mayor profundidad dicha Agenda y los
programas de trabajo para la OMPI; y
xx) Toda la credibilidad del sistema de PI se ve debilitada si se
adopta una visión que promueva los beneficios absolutos de la PI
sin reconocer las preocupaciones sobre políticas públicas, por lo
que la dimensión del desarrollo debe introducirse en el sistema de
PI y en las actividades de la OMPI.
http://www.petitiononline.com/wipo/petition.html
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